ASALTO Y DESMEMBRAMIENTO DEL
BAILIATO TEMPLARIO JEREZANO.
El rey atacó las villas en un alarde de fuerza y soberanía, pero también
fue una acción desafiante, aguardando la reacción del comendador y sus
caballeros desde su posición de fuerza en la fortaleza jerezana. Seguramente los
templarios actuaron de motu proprio,
sin intenciones de abandonar su plaza y exponiendo sus quejas con cautela,
deseosos de la llegada de nuevas noticias del maestre provincial de la orden. El
protocolo debió exigir el envío de las pertinentes misivas y una vez concluidas
sus correspondientes posiciones, o sea: petición de entrega incondicional de la
plaza y la correspondiente negativa a capitular, se dió paso a la contienda.
Nada sabemos en torno a como pudo ser tomado el recinto fortificado, si
por la fuerza o por el contrario cedieron finalmente a la entrada de los
sitiadores, aunque como dijimos, la tradición asegura que se hicieron fuertes hasta
morir en una torre de la fortaleza.
Teniendo en cuenta la fuerte personalidad de este monarca, (pág.-)
esta última acción desesperada de los templarios pudo desbaratar por completo
los pocos nervios que le quedasen, siendo el detonante que desencadenara el
trágico final de los caballeros. Puede incluso que una vez dentro y revisado
todo el castillo no apareciesen las riquezas que esperaba encontrar y entrase
en estado de cólera pues, no olvidemos, que la muchedumbre imaginaba las
pertenencias del Temple por fabulosas.
Sin embargo al rey le quedaba en sus manos la más poderosa y rica villa
de la orden, grande, fortificada, amurallada y bien poblada. El centro
neurálgico de un alfoz de nada menos que 2.400 kms² (sin Olivenza, Táliga y Barcarrota)
estaban ahora bajo su control directo.
De haber sido así, la cerca de Jerez debió comenzar hacia los primeros
meses del año 1309, prolongándose hasta su ocupación a finales del mismo año
(Monzón, en Aragón resistió hasta mayo de 1309) Puede que el sitio durase algo
más, pues con la capital del bailiato en jaque el rey tenía ya perfecta
capacidad de movimiento. Y es, a partir de estas fechas, cuando Fernando
comienza a disponer de una manera clara y sin problemas de las principales
villas de la bailía, como así ocurrió:
·
En abril de 1308 el Maestre
del Temple, D. Rodrigo Yañez promete entregar Montalban y Xerez-Ventoso en un
plazo determinado.
·
En la primavera de 1308 Fernando
IV se apodera por la fuerza de Alconetar.
·
Entre el verano y el otoño de
1308 comienza el asedio de Fregenal.
·
Mediante bula pontificia, el
12 de agosto de 1308 se ordena al rey, bajo pena de excomunión, que sean
entregadas las posesiones y bienes del Temple a las autoridades eclesiásticas y
el día 13 son nombradas comisiones investigadoras.
·
Hacia el invierno de 1308
sería tomada la fortaleza de Fregenal.
·
A principios de 1309 debió
comenzar el asedio de Jerez.
·
Para el 15 de julio de 1309
ya se había hecho el rey con la vecina Bailía de Capilla, vendiéndola con Almorchón y Garlitos al maestre de
la orden de Alcántara don Gonzalo Pérez
Gallego, por 130.000 maravedís. (13)
Aunque ya antes, la había donado al concejo de Córdoba, pero era más
rentable para el monarca una venta que una donación.
·
El 22 de septiembre de 1309,
Fregenal es entregada a Gonzalo Sánchez de
los Troncones.
A finales de
1309 y principios de 1310, (puede que algo más) es tomada Jerez, que como villa
de importancia estratégica y militar pasa a realengo, quedando en reserva y a
la espera de nuevas órdenes reales.
· El 2 de julio de 1311 el rey intenta empeñar las villas de Alconchel,
Burguillos y sus aldeas al rey D.
Dionís de Portugal por 3.600 marcos de plata.
·
El 13 de febrero de 1312, el
rey se apodera de 50.000 torneses que el lugarteniente del maestre portugués
del Temple frey Vasco Fernández le
había dado en concepto de préstamo al maestre de Alcántara por el castillo de
Valencia de Alcántara.
·
A causa de la repentina
muerte de Sánchez de los Troncones, el
17 de marzo de ese mismo año el rey restituye Fregenal a Sevilla
·
El 24 de mayo de 1312 entrega a
don Gonzalo Gómez de Caldelas: ...en
retribución de sus buenos servicios la
Casa de Ventoso, que es en tierra de Xeréz de Badajóz, que fue de la Orden del Temple...,
Y ...por juro de heredad para siempre
jamás, con pechos, y derechos, salvo la
jurisdición y otras cosas, que S. M. retuvo en sí... (14) (doc. XVI)
·
El 20 de julio de 1312
Fernando IV entrega el tributo de la
luctuosa del Temple a la orden de Santiago: …Por facer bien e merced a don Johan Osórez, maestre de la caballería
de Santiago…
·
El 7 de septiembre de 1312,
muere Fernando IV y queda en suspenso el destino que tenía reservado para la
villa de Xerez.

Desde el 12 de agosto de 1308 en que el arzobispo de Toledo, don Gonzalo Díaz Palomeque recibe cartas
pontificias referentes al trato de los templarios y el modo en que han de ser
tratados sus bienes, hasta el 8 de noviembre de 1309 en que salen a la luz para
comenzar a instruir la causa contra el Temple han pasado nada menos que 15
meses.
De este inusual despiste pueden deducirse algunas cuestiones: ¿…es que
el arzobispo hace la vista gorda durante el tiempo que necesita el rey para
apoderarse de las fortalezas templarias…? o ¿…es que acaso el arzobispo tiene
conocimiento de los desmanes que va cometiendo el rey y pone urgentemente en
funcionamiento la maquinaria del proceso…?
Lo realmente sorprendente es que todos los obispos continúan con la
misma pasividad y, a punto de acabarse el plazo pontificio, en los días 3 y 15
de abril de 1310 son despachadas las citaciones desde las dos archidiócesis
castellanas de Toledo y Santiago para todo el orbe templario, entre ellas se
encuentran la: ...bayliua de Eyxares et omnibus fratribus qui
consueverunt habitare in bayliua de Ventoso...
Esta es la última vez que es nombrada la bailía de Xerez-Ventoso oficialmente, que
como ya se dijo y a diferencia de otras, es verdaderamente extraño que siendo
encomienda de las más importantes del Temple no aparezcan los nombres ni el
número de moradores de estas.
Esta comisión se constituye para
inventariar y secuestrar eclesiásticamente los bienes de la orden y el 1 de
mayo comienza la investigación. Una vez remitido el
recuento antes del 24 de junio de 1310, (día de San Juan) surgen unas pocas
encomiendas agrícolas que carecen de poder militar, excepto algunas como
Villalba de Bolobras o la
Baylía de Capilla. Esta última
es visitada por el arcediano de Calatrava entre los días 1 al 6 de julio, irónicamente
un año después de ser vendida a los alcantarinos.
Muchas listas de secuestros desaparecieron con el tiempo, pero
observemos que desde entonces nada se habla ya de encomiendas castilleras de
mediana o gran magnitud, reapareciendo poco a poco bajo control de otras
órdenes autóctonas o como posesiones señoriales privadas. Seguramente el
destino de Jerez hubiese pasado por su entrega a cualquier noble pujante con una
simple transacción comercial firmada por Fernando IV, si éste, no hubiese
muerto tan repentina y sorprendentemente en septiembre de 1312, dando paso a
una de las etapas más turbulentas en la corona de Castilla.
OTRA VISIÓN DE LOS HECHOS
Al no ser mencionada Jerez durante ni después del tiempo que duró el acoso
del rey Fernando, tomando por la fuerza las villas de su alrededor
entregándolas o vendiéndolas, nace una visión de los hechos denominada maniobra
de embolsamiento o estrategia envolvente,
llevada a cabo por el rey Fernando IV. Esta maniobra, llevada con lentitud, se
haría así ante la imposibilidad de apropiarse de Jerez directa o forzadamente,
debido especialmente a una protección jurídica que disfrutaba la villa: ...Por ello hemos de entender que Jerez
gozaba, en efecto, de un estatuto especial, pues al tiempo que era posesión
templaria de facto, fuera de jure también villa de realengo,
porque si Fernando IV, muerto en 1312, se hubiera atrevido -por así decirlo- donar Jerez a algún noble o hubiera
operado sobre este enclave alguna actuación puntual, lo conoceríamos como hemos
sabido de otras... (16)
Esta fórmula, de facto (de hecho u obra), prevalecería
sobre cualquier imposición jurídica de
iure o jure (iūre, de juramento)
convirtiéndose Jerez en un señorío formado por antiguos miembros en prevención de
la orden del Temple. Propietarios del señorío actuaban ahora los ex-templarios
en simbiosis con los dominios de
jurisdicción real. Comenta Feliciano Correa al respecto: …Jerez vivió por tanto, una situación de posesión ex-templaria con
propiedades en manos de herederos de la orden, pero de jurisdicción real y como
tal habría de comportarse…Sin embargo, no parecen dejar su condición de
templarios y se rebelan, siendo ejecutados cuando Jerez va a ser entregada junto
a otras plazas como Burguillos, Alconchel, Trujillo y Plasencia, en prenda por
el matrimonio de Alfonso XI con la infanta portuguesa doña María de Portugal: ...No sabemos en qué momento exacto pudo
producirse la rebelión de los ex-templarios ante alguna de las decisiones que
tomaron los monarcas sobre esta plaza de Jerez de Badajoz. Mi opinión es que
fue hacia 1327, tardíamente, dos años después de declararse la mayoría de edad
del rey... (Alfonso XI) (17)
Esta visión de los hechos es incompatible con la posible entrada en
Xerez de las tropas sevillanas hacia 1309 y el consiguiente escarnio de templarios
en ese momento, por lo que, el autor expone como apoyaturas:
·
La ocupación continuada de las plazas alrededor de
Jerez o estrategia envolvente, poco a
poco el rey toma las plazas alrededor de la capital de la bailía.
·
La gran distancia de los territorios jerezanos del
gobierno centralizado de Castilla, fuera del ámbito de las comunicaciones y su tardía
llegada.
·
La entrega de Jerez como rehen de esponsales hacia 1328,
pues: ...para donarlo hubo que liquidar cualquier pequeño uso
y disfrute por parte de los veteranos templarios o usufructuarios herederos de
éstos... para entonces: ...El temple (como Orden militar) no tiene
ya poder alguno en Jerez y la ejecución
de algunos insurrectos templarios ha sido saldada... (18)
·
Como prueba fehaciente se atribuyen los pleitos
comenzados en 1338 entre el obispado de Badajoz y el Vicariato de Xerez, donde
aún se disfrutaba del mismo tipo de jurisdicción canónica, que cuando: ...fueron
en el tiempo de la Orden
del Temple... El asunto quedó zanjado mediante carta de Alfonso XI: ...é mandamos é defendemos al Obispo de
Badajoz y á sus Vicarios y á sus Provisores y á todos los otros á quienes esta
nuestra carta fuere mostrada, ó el traslado de ella signado de Escribano
publico, que non passen ni vayan contra ello ni usen de otra jurisdicción ninguna,
sino de la que dicha es,... (19)
·
Y, el caos político existente en Castilla después de
la muerte en 1312 de Fernando IV, con un niño de un año en el trono, (Alfonso XI)
rodeado de intrigas familiares, que trataban de hacerse con la regencia más que
del gobierno, por lo que: ...No es
extraño que estos ex-monjes soldados continuaran dominando Jerez en tiempos de
Fernando IV, padre de Alfonso XI... (20)
La anarquía política que sacudió a Castilla desde la muerte de Fernando
IV, la minoría de edad del rey, pasando por la insumisión de la nobleza
castellana hasta 1337-38, pudo ser un velo disuasorio que amparase a los
templarios jerezanos hasta la entrega de la villa en 1328 como dote de
esponsales a Portugal. Ese hubiese sido el momento en que los ex-templarios se
hubiesen negado a entregar sus dominios y rebelado contra las autoridades
reales, encerrándose en la torre Sangrienta y ser posteriormente degollados.
El planteamiento es correcto mientras no sepamos nada más, aunque hemos
de tener en cuenta otros aspectos de la situación del Temple en aquellos momentos,
por lo que, nuestra opinión difiere en algunos puntos:
· Dada la condición monacal del Temple era imposible que tuviesen
herederos tan pronto (hijos) o tan siquiera usufructuarios nombrados por estos,
ya que no podían disponer de las riquezas de la orden y menos aún en las
condiciones en las que se encontraban. Así mismo, los territorios confiscados
al Temple estaban reservados por la iglesia para la orden de San Juan de
Jerusalén.
· La orden del Temple fue completamente desprovista de capacidad
autónoma y legal para continuar gobernando sus alfoces; en 1310, don Gómez Pérez, comendador del castro
de Alba de Aliste, estaba ya desprovisto de jurisdicción maestral. Las mismas
órdenes debieron extenderse hasta Jerez, llave de la bailía que, al
incorporarse al concejo de realengo, difícilmente dejarían olvidado el gobierno
de tan importante villa en manos de una orden legalmente imposibilitada y
vilipendiada por las acusaciones de herejía,
blasfemia y sodomía.
·
En vista de la firme y
contumaz actuación que estaba llevando el monarca en aquellos momentos, (toma
de Fregenal y Alconetar por la fuerza) respaldada por el mandato pontificio, de
muy poco les hubiese servido a los templarios el que la villa tuviese
privilegios o derechos judiciales con cláusulas o facultades especiales (de
jure o de facto) que pudieran protegerla de cualquier actuación real. Otras
encomiendas importantes del Temple como Faro, Ponferrada, Montalbán, Caravaca o
Alcañices debieron igualmente tenerlas y de poco les sirvió.
·
Según Gregorio Fernández
Pérez, (21) en 1315, tres años
después de la disolución del Temple, Jerez envió a los hidalgos Pedro Rodríguez y Lorenzo Ibáñez como procuradores a las cortes que se celebraban en
Burgos para tratar sobre la tutela del rey Alfonso XI que contaba con cuatro
años de edad. ¿Por qué asiste a la corte una representación de la nobleza y no
ex–templarios, ahora que Fernando IV había muerto.
·
Apunta Feliciano Correa
respecto a estos momentos: …Jerez vivió
por tanto, una situación de posesión ex-templaria con propiedades en manos de
herederos de la orden, pero de jurisdicción real y como tal habría que
comportarse… La pregunta es… si acatan la jurisdicción real y tienen que
comportarse ¿por que deciden más tarde que Jerez es posesión propia y prefieren
enfrentarse a las tropas del rey e inmolarse?
·
La depredación sistemática de
los territorios templarios extremeños se vio efectivamente favorecida por la
gran distancia que separaba las encomiendas extremeñas de las capitales
castellanas, lugares desde donde se velaba mucho mejor por la seguridad de los
freires y sus bienes. Aquí se gestionaron las órdenes pontificias durante el
tiempo que duró el proceso contra el Temple, por ello fueron rápidamente
depredadas las encomiendas más meridionales del reino castellano-leonés:
.Jerez-Ventoso, Capilla, Montalbán, Yuncos, Villalba de Bolobras y Caravaca,
las cuales fueron anexionadas a señoríos independientes o entregadas, previo
pago, a otras órdenes militares.
·
Es difícil comprender que la
corona y la iglesia hubiesen tolerado bajo ningún pretexto judicial, el que la
villa de Xerez se hubiese convertido en ejemplo de bastión indemne y refugio
atrayente de ex-templarios; menos aún usufructuarios de ricas tierras,
contradiciendo solemnemente solicitudes reales y papales.
·
También es difícil imaginar
que tanto concejos como cabildos, dados los antiguos litigios, admitiesen un
mandato en conjunto desde 1312 hasta 1328, sin antes asegurarse un gobierno más
seguro. Para este tipo de cuestiones, estaban previstos los corregidores
reales, que intervenían especialmente en el enderezamiento de municipios;
jueces inspectores, llamados también enmendadores (emendadores) o pesquisidores que actuaban especializados en
misiones a petición de los propios concejos o incluso por iniciativa propia.
·
Prueba de que estos
territorios comenzaban a estar bien custodiados y vigilados la tenemos antes de
1320, en la carta de excomunión que rápidamente despacha el comisario
apostólico de Lugo don Rodrigo Álvaro
contra los, tal vez, ex-templarios: don
Fernando Velasco Pimentel y don
Martín Alfonso Tizón, por la ocupación ilegal que hicieron de los castillos
de Alconchel, Cheles y Burguillos. (doc. XVII) (pág.--) La iglesia
reclamaba los territorios que habian sido del Temple para la orden de San Juan
del Hospital, si en Jerez hubiese habido ex-templarios consentidos del rey, con
toda seguidad los hubiesen reclamado.
·
La entrega de Jerez y su
alfoz junto a otras villas de importancia como Plasencia, Alconchel, Burguillos
y Trujillo, en tercería por el matrimonio de Alfonso XI en 1328, (17 años) nos
demuestra la reserva y utilización que la corona hacía de estas poblaciones de
peso para maniobras políticas de envergadura. Así mismo, expresa la supremacía
del poder monárquico por encima de cualquier ley u orden. Todas estas plazas
fueron nuevamente recuperadas en 1330 mediante el Tratado de Fuentes de Aguinaldo.
·
Según refiere Campomanes, en
las páginas 149-150 de su libro aparece el documento de donación de Caravaca,
hecha por Alfonso XI en 1344. Uno de los firmantes es: ...Don Johan, fijo del Rey, é
Señor de Xerez-Badajoz... (22)
El infante Don Juan era hijo bastardo de Alfonso XI y Doña Leonor de Guzmán.
Pero a la muerte de Don Juan, Jerez es devuelta al concejo de Sevilla. ¿…En que
momento y por que razón es Jerez posesión de realengo custodiada por dicho
concejo…? ¿…Es esta la prueba de que
Jerez fue tomada junto a Fregenal por Fernando IV…?
·
Así mismo, el vicariato de
Jerez, recibiría otra provisión firmada en 1351 por Pedro I, confirmando de
nuevo la carta que firmara su padre Alfonso XI. En torno a ello, apunta D. Matías R. Martínez: ...lo que prueba que el Obispo de Badajoz
no se conformaba con la limitación de atribuciones que se le imponía y por lo
tanto seguía en pie esta cuestión interminable, que ha durado hasta el siglo presente... Quiere esto decir, que el problema no se produjo exclusivamente
cuando aún mandaban los hipotéticos ex-templarios jerezanos, si no que, a
partir de la extinción de la orden, los continuados vicariatos adoptaron por la
independencia y las ventajas que suponía llevarlo: “a la manera templaria.”
Esta terca y duradera oposición supuso un verdadero quebradero de cabeza para
el obispado pacense hasta bien entrado el siglo XX.
·
Por otro lado y aunque en
menor proporción que en otros reinos, el testimonio de los freires castellanos
en cuanto al trato violento y vejatorio que sufrieron después del arresto es
evidente; la sombra supersticiosa y represiva que se cernió sobre la orden la
inutilizó por completo, excluyéndola y repudiándose de cualquier clase de
compromiso y poder social.
·
Cuesta entender una actitud
tan empecinada por parte de unos pocos ex-templarios después de quince o
dieciséis largos años, cuando el ardor y la soberbia guerrera que se sienten
ante la injusticia habrían seguramente menguado. Lo mismo ocurre con una actuación
tan drástica y tan tardía contra ellos, ahora ya sin poderes militares,
judiciales, ni religiosos. Ante el dilema de verse despojados definitivamente
de sus ricos territorios en 1327, sin el menor atisbo de poder o esperanza de
exculpación de la orden, oponerse al mandato real de entrega de las fortalezas.
hubiese sido un camino a ninguna parte.
Los que quisieron continuar como religiosos ingresaron en otras órdenes militares,
especialmente la de Calatrava. En los reinos de Valencia y Aragón nacieron
órdenes concebidas para recibir a ex-templarios, fundándose para ello la orden
de Montesa y en Portugal ocurrió lo
mismo bajo el nombre de Orden de Cristo.
EXTRACTO DEL LIBRO: "LOS TEMPLARIOS EN LA BAYLIA DE XEREZ" DE ISIDORO TERRON
DER3ECHOS RESERVADOS ©.
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